jueves, 24 de diciembre de 2015

PUBLICADO EN BOE EL DECRETO SOBRE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

REGALO DE NAVIDAD ENVENENADO
Publicado en el BOE el Decreto de
“PRESCRIPCIÓN ENFERMERA”

De forma inexplicable, un Gobierno del PP en funciones, 3 días después de unas elecciones generales que le han arrebatado el Poder, con premeditación e intenciones inescrutables, publica en el BOE, el 23 de diciembre de 2015, el Decreto sobre “Prescripción Enfermera”, que entra en vigor el día de Nochebuena.

El “Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros” es INADMISIBLE y DENIGRANTE para la profesión enfermera, totalmente INNECESARIO en los términos en los que está redactado y DETONANTE de una situación conflictiva y de una inseguridad jurídica para la enfermería totalmente evitable.

La UGT, a través de los servicios jurídicos de la FSP-UGT, presentará en los próximos días un recurso encaminado a paralizar la puesta en marcha de este Decreto.

La postura del SINDICATO DE ENFERMERÍA UGT ante este Decreto es clara y contundente: RECHAZAMOS TOTALMENTE EL DECRETO, por exigir una formación adicional que la enfermería no necesita para obtener una innecesaria acreditación, por supeditar una actuación que venimos realizando sin problema alguno desde hace años a una inexplicable supervisión por parte del “prescriptor”, y por recortar competencias a la enfermería y cuestionar su competencia profesional.

No queremos olvidar quiénes son los promotores iniciales del Decreto. Hay que agradecer a la autoproclamada MESA ESTATAL DE LA ENFERMERÍA, constituida por el CONSEJO GENERAL DE ENFERMERÍA  y el SINDICATO DE ATS DE ESPAÑA  SATSE (que excluyeron a cualquier otra entidad que quiso participar en la misma y que UGT denunció ante los tribunales) su insistencia en la publicación de este Decreto que tenía que incluir necesariamente un proceso de formación obligatoria para toda la enfermería. Ahora ya podrán organizar e impartir esas 180 horas de formación para la enfermería generalista y 180 horas más para la enfermería especialista. Solo ahora, cuando una vez más se les ha ninguneado y se ha incluido algún aspecto en el Decreto que les excluye del control, se alzan manifestando su disconformidad. ¿Por qué no anuncian que se negarán a realizar ningún curso de formación y así paralizar el Decreto?



Como Sindicato de Enfermería UGT y como profesionales enfermer@s.... Vamos a devolver este regalo…. Se han equivocado totalmente.

viernes, 4 de diciembre de 2015

PUBLICADA EN BOE LA EQUIVALENCIA DEL TÍTULO DE DUE AL DE GRADO EN ENFERMERÍA

El pasado día 30 de noviembre el Ministerio de Educación dio el visto bueno a la equiparación entre los títulos de Diplomado en Enfermería y Grado en Enfermería mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Técnicamente todos los diplomados de Enfermería pasan a ser considerados a efectos laborales y académicos exactamente igual que sus colegas de Grado (lo cual no significa que se les proporcione un título de Grado puesto que se trata de una equivalencia académica, no homologación).

Este reconocimiento pone fin a posibles discriminaciones entre los diplomados y los grados a la hora de optar a puestos académicos o laborales (en algunos casos los de funcionario tipo A, que estaban reservados a los Grados por Ley y que, con este reconocimiento, se abren también a los diplomados).

Ya se puede solicitar la certificación de la equivalencia en la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través de este enlace: 







UGT, CCOO Y CSIF IMPUGNARÁN EL DECRETO DE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

UGT, CCOO Y CSIF DICEN SÍ A LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA (PERO NO CON ESTE DECRETO)

UGT, CCOO y CSI-F y se han posicionado siempre a favor de la prescripción enfermera porque supone una mejora sustancial en la prestación sanitaria, facilita la accesibilidad, a la vez que posibilita un uso más eficiente de los recursos humanos y, por otro lado, como una forma de acabar con la inseguridad jurídica de estos profesionales.

Desde hace muchos años enfermeras/os han estado indicando productos sanitarios, asesorando sobre su uso y evaluando efectos secundarios e interacciones.
Estas prácticas han constituido un servicio de calidad, rápido y eficaz. Como ocurre en la evolución de todas las organizaciones sociales la práctica va por delante de la regulación que suele sancionar aquello que socialmente está asumido.

El Pacto por la “Sostenibilidad del SNS” acordado por el Ministerio con el Consejo General de Enfermería y SATSE (Sindicato de ATS de España) ha sido un fiasco. Dicho pacto fue impugnado por CCOO, CSI-F y UGT porque invadía competencias del Ámbito Negociador del SNS.

El RD aprobado por el Consejo de Ministros el 23 de Octubre, no reconoce y limita la capacidad de enfermeras/os para prescribir, ya que obliga, entre otras cuestiones, a enfermeras/os a realizar una formación adicional para los ámbitos de los cuidados generales y el de los cuidados especializados.

ENLACE A DÍPTICO INFORMATIVO

En la web ConSalud.es se puede leer:

Los sindicatos CC.OO, CSIF y UGT han acordado impugnar, en el ámbito judicial, el Real Decreto de prescripción enfermera en el momento que se publique en el BOE y entre en vigor (de momento sólo ha sido aprobado en Consejo de Ministros). Según señalan en un comunicado, la intención es solicitar la suspensión cautelar del mismo, así como impulsar "todas las medidas necesarias para conseguir que la enfermería desarrolle todas las capacidades y competencias inherentes a su formación".
Los sindicatos han convocado concentraciones el 1 de diciembre a las puertas de diversos centros sanitarios
Aunque no especifican más detalles sobre cómo realizarán el proceso de impugnación, los sindicatos han anunciado de momento la convocatoria de concentraciones, el próximo martes 1 de diciembre, en diversos centros sanitarios de Andalucía.

"CC.OO, CSIF y UGT se han posicionado siempre a favor de la prescripción enfermera porque supone una mejora sustancial en la prestación sanitaria, facilita la accesibilidad, a la vez que posibilita un uso más eficiente de los recursos humanos y, por otro lado, como una forma de acabar con la inseguridad jurídica de estos profesionales", explican los sindicatos.

Si bien, la modificación a última hora del artículo 3 del Real Decreto, deja claro que es el médico, "quien diagnostica", el que está capacitado para prescribir medicamentos que requieran de receta. Ante ello, los sindicatos exigen al Gobierno que modifique la normativa "para garantizar la prescripción enfermera autónoma".

Concretamente, solicitan que se elimine el requisito previo de la formación adicional, "ya que la acreditación para la prescripción viene determinada por el proceso formativo, avalado por el Ministerio de Educación, a través de las titulaciones oficiales" y que rectifique la composición de la Comisión de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, "otorgando un mayor protagonismo a los profesionales encargados del uso de los mismos en la actividad asistencial".

lunes, 16 de noviembre de 2015

Posicionamiento del SINDICATO ENFERMERÍA UGT Illes Balears sobre el RD "Prescripción Enfermera".

R.D. “PRESCRIPCIÓN ENFERMERA”

El SINDICATO DE ENFERMERÍA UGT de les Illes Balears, quiere manifestar su postura de total rechazo ante la aprobación por el Consejo de Ministros del R.D. por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros.

Queremos matizar una serie de cuestiones:

1.- NECESIDAD DE ACREDITACIÓN: Nos parece intolerable que se pretenda que los profesionales de enfermería tengamos que acreditarnos para expedir un papel (orden de dispensación) que permita a nuestros pacientes obtener un descuento en el coste de una serie de productos  que se pueden adquirir sin receta en cualquier farmacia o en Internet. Es un mero trámite administrativo, que descargará las consultas médicas (colectivo ferozmente enfrentado a la enfermería en este tema y parcialmente responsable de la redacción final del R.D.) de la sanidad pública y que facilitará el cumplimiento de objetivos del SNS. Para rellenar un papel NO ES NECESARIA UNA ACREDITACIÓN, tras superar un proceso de 180-360 horas (según seas enfermer@ generalista o especialista).

Queremos suponer que el Consejo General de Enfermería y el SATSE (que se auto otorgaron la exclusiva representación de nuestro colectivo profesional en la autodenominada “Mesa Estatal de la Enfermería” que negoció con el Gobierno este tema) no tenían como objetivo el conseguir una potencial cartera de 270.000 profesionales para “sus” cursos de formación para obtener esa acreditación (que inexplicablemente ya empezaron a impartir antes de conocerse el texto del R.D.).

2.- INSEGURIDAD JURÍDICA: No hay que olvidar que la Ley  29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, en su artículo 77, obligaba al Gobierno a redactar un R.D. de desarrollo del tema de la “prescripción enfermera”. La autodenominada “Mesa Estatal de la Enfermería”, a pesar de la redacción de ese artículo (“El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros…”) se ha mantenido callada.
Solo ahora, que el texto del R.D. ha ido un paso más allá contra la profesión enfermera, al supeditar el uso de cualquier producto sujeto a prescripción médica a la “vigilancia” del médico (“… será necesario que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6. Será en el marco de dicha guía o protocolo en el que deberán realizarse aquellas actuaciones, las cuales serán objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que lo haya determinado a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad conseguida por el tratamiento”) tanto el Consejo General de Enfermería como el SATSE se rasgan las vestiduras y arremeten contra el R.D., proclamando una exagerada inseguridad jurídica.
El bien jurídico más preciado que protege el ordenamiento jurídico es la vida humana, y nunca se perseguirá a un/a enfermero/a que con ese fin haya administrado un fármaco a un paciente. Ej. Adrenalina en un shock anafiláctico o en el seno de una PCR. Tampoco quedan fuera de cobertura l@s enfermer@s que administren vacunas (por ej.) en el seno de un protocolo validado.

Sin embargo, al introducir la palabra “uso”, tanto en la Ley como en el RD. se condiciona toda una serie de actuaciones cotidianas de la enfermería, que, a partir de la entrada en vigor de este R.D. se verá expuesta a la realización de acciones que podrán ser consideradas ilegales, y que hasta ahora se realizaban con total normalidad y sin problemas. Ahora será preciso que el profesional prescriptor (médico, odontólogo o podólogo), estos dos últimos con los mismos créditos de farmacología en su programa de estudios que la enfermería, haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, y que además se deberá realizar un seguimiento por parte del profesional sanitario que lo haya determinado a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad conseguida por el tratamiento.

En resumen, un total despropósito que hay que agradecer al Ministerio de Sanidad, al Consejo General de Médicos y, muy especialmente, al Consejo General de Enfermería y al SATSE que lo negociaron excluyendo a cualquier otro representante del colectivo de enfermería de la negociación. Tanto el Consejo General de Enfermería como SATSE abogaron y defendieron la necesidad de una acreditación para toda la enfermería (menospreciando la formación universitaria recibida y la amplia experiencia profesional) garantizándose una cartera de clientes para sus cursos de formación.

Un ataque más a nuestro colectivo que ve menoscabada su capacidad y competencia profesional, denigrada su preparación y la formación recibida y despreciado su papel como profesional sanitario autónomo, supeditando sus competencias a lo que decidan otros colectivos profesionales, que no han desperdiciado la oportunidad para hacerlo.

UGT ha formalizado un recurso contra los acuerdos suscritos por el Ministerio de Sanidad tanto con el Foro de la profesión médica como con la autoproclamada “mesa estatal de enfermería” (suma del consejo general de colegios oficiales de enfermería y del sindicato SATSE) porque no se han seguido los cauces de negociación reglamentaria, al no haber sido negociado con los representantes legales de los trabajadores como establecen las reglas de la negociación colectiva. Es decir han dejado de lado a la mayoría de la representación de los trabajadores fuera de estas negociaciones (UGT y CCOO).


UGT abogará por modificar  la  Ley del Medicamento de 2006, madre  de todos los problemas actuales, pues no incluyen a la enfermería como profesional que pueda prescribir (sólo reconoce a médicos, odontólogos y podólogos) y RECURRIRÁ ANTE LOS TRIBUNALES la citada ley y el R.D.

viernes, 18 de septiembre de 2015

CONVOCATORIA ESPECIALIDAD ENFERMERIA PEDIÁTRICA POR VIA EXTRAORDINARIA

En el BOE de 17 de septiembre de 2015 se publica la convocatoria para la obtención del título de especialista en Enfermería Pediátrica por vía extraordinaria.

En el BOE se especifica:
·       Relación de excluidos y plazo de 15 días para reclamar (del 18 de septiembre al  02 de octubre).
RELACIÓN DE EXCLUIDOS
RELACIÓN DEFINITIVA TRAS LAS RECLAMACIONES


·       Lugar de celebración de las pruebas: Universidad Complutense de Madrid.
            – Facultad de Ciencias de la Información.
            – Facultad de Medicina.
            – Facultad de Farmacia. 
            – Facultad de Odontología.

·       Fechas de las pruebas:
-Sábado, 24 de octubre de 2015.
-Domingo, 25 de octubre de 2015.
-Domingo, 22 de noviembre de 2015.
Los aspirantes cuyo primer apellido esté comprendido desde ABAD ALBERCA hasta LLOPART VIDAL inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el sábado 24 de octubre de 2015. Los aspirantes cuyo primer apellido esté comprendido desde LLOPIS CLIMENT hasta ZURUTUZA ZURUTUZA inclusive, quedan convocados para realizar la prueba el domingo 25 de octubre de 2015.
Los aspirantes que no se presenten en la fecha asignada para el primer examen o que no hayan superado la prueba, podrán acceder en la tercera fecha de convocatoria, que será común para todos.

·       Contenido y estructura de la prueba.
·       Temario.
·       Composición del Tribunal.
·       Otra información.


Os adjuntamos el enlace al BOE para que tengáis toda la información.


BOE DE LA CONVOCATORIA