lunes, 24 de junio de 2013

LA FSP-UGT REIVINDICA LA LIBRE COLEGIACIÓN PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

En los Servicios de Salud que conforman el Sistema Nacional de Salud sigue siendo obligatoria la colegiación para las profesiones sanitarias de formación universitaria.

Esta obligatoriedad aún se rige por la Ley estatal 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, norma preconstitucional que, a pesar de contemplar en su artículo 1.3 la posibilidad de excepción para quienes realizan sus funciones profesionales en el seno de la propia Administración, solamente abarca a profesionales con funciones administrativas quedando excluidos los profesionales sanitarios con funciones asistenciales.

Esta es la lectura que hace el Tribunal Constitucional en su sentencia de 28 de febrero de 2013, invalidando la libertad de colegiación existente en varias comunidades autónomas.

La FSP-UGT ha venido defendiendo, y seguirá haciéndolo, la libre colegiación para los empleados públicos, cuyo ejercicio profesional está bajo la tutela de la propia Administración, y considera la imposición de la colegiación como una tasa añadida a los profesionales sanitarios para poder trabajar.


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