viernes, 21 de junio de 2013

PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Desde el Sindicato de Enfermería de UGT queremos felicitar a nuestros compañeros del Sindicato de enfermeras/os de UGT de la Comunidad Valenciana, por el éxito de su II Congreso de Enfermería, que con el lema Enfermería Sin Fronteras se ha desarrollado esta semana en Valencia.

Tuvimos la suerte de asistir y, aunque de forma imprevista y decidida a última hora, tuvimos el honor de participar como ponentes en la Mesa de Debate sobre la PRESCRIPCIÓN ENFERMERA.

Nuestra postura como Sindicato de Enfermería es conocida:


SI a la prescripción enfermera, libre, autónoma e independiente, dentro del ámbito de las competencias y áreas de actuación y cuidados propios de nuestra profesión.


NO a la normativa legal que limita la prescripción enfermera a los productos sanitarios y a los medicamentos no sujetos a prescripción médica y que obliga a la enfermería a "acreditar" su competencia para ello.


La Última actualización, publicada el 31/12/2009, en vigor a partir del 01/01/2010 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios dice:

Artículo 77. La receta médica y la prescripción hospitalaria.
1. La receta médica, pública o privada, y la orden de dispensación hospitalaria son los documentos que aseguran la instauración de un tratamiento con medicamentos por instrucción de un médico, un odontólogo o un podólogo, en el ámbito de sus competencias respectivas, únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.
Sin perjuicio de lo anterior, los enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación.
El Gobierno regulará la indicación, uso y autorización de dispensación de determinados medicamentos sujetos a prescripción médica por los enfermeros, en el marco de los principios de la atención integral de salud y para la continuidad asistencial, mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial, de elaboración conjunta, acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud.
El Ministerio de Sanidad y Política Social con la participación de las organizaciones colegiales, referidas anteriormente, acreditará con efectos en todo el Estado, a los enfermeros para las actuaciones previstas en este artículo.

Es decir, nos exige una acreditación (todavía por definir) para realizar un trámite administrativo que nos permita "dispensar" (que nunca prescribir o recetar) todo aquello que en una farmacia u ortopedia se puede conseguir sin receta médica. Cualquier ciudadano, sea cual sea su nivel de formación, puede adquirir libremente estos productos en cualquier farmacia. Una enfermera o enfermero, para "dispensar" estos mismos productos debe realizar un curso (6 créditos, según nuestro Consejo General de Enfermería, que ya los está impartiendo junto a algún sindicato y empresas, por todo el país, aunque todavía no están regulados por ninguna normativa).

Nosotros queremos una normativa que dé respaldo legal a lo que, desde hace años, viene realizando la enfermería, tanto de Atención Primaria como Hospitalaria, y no digamos la enfermería de urgencias y emergencias y que nos permita aumentar nuestras competencias en los cuidados enfermeros y en la atención de las necesidades de nuestros pacientes. Sin embargo, el Consejo General ha negociado con el Gobierno un texto que lo único que hace es limitar nuestras competencias a aquellos ámbitos en los que no molestamos al estamento médico, es decir, donde los intereses económicos no se ven afectados y, para colmo, pedir permiso por favor, casi suplicando, que nos dejen hacerlo. Eso sí, para ello accedemos a estudiar mucho y a realizar una certificación que nos acredite para ello (toda la farmacología de nuestra carrera, más toda la formación continuada que hayamos podido realizar.... esa no cuenta para nada ni para el Gobierno y para el Consejo General de Enfermería).

Si que interesa que la enfermería pueda descargar del trabajo burocrático y administrativo al médico. Para ello los médicos (alguna enfermera habrá en las comisiones) elaborarán protocolos que nos permitirán dispensar los medicamentos en nuestras consultas de enfermería sin seguir cometiendo el delito de usar los talonarios de recetas de los médicos. Eso sí, solo los medicamentos que ellos designen y autoricen. Si detectamos que un paciente nuestro necesita un analgésico (como muy bien puntualizó nuestro compañero Desiderio del SE UGT Valencia, el dolor es un diagnóstico enfermero).... tendremos que llamar al médico.

Para más escarnio, en un proyecto de Ley que reforma la Ley 29/2006, aprobado por la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados esta semana destaca (EUROPAPRESS.ES):

LOS FISIOTERAPEUTAS PODRÁN PRESCRIBIR FÁRMACOS

La reforma de la Ley del Medicamento también incorpora una enmienda transaccional de todos los grupos para permitir a los fisioterapeutas indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos de forma autónoma.

Se trataba de una "demanda histórica" de estos profesionales que, en concreto, afectará a aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y productos sanitarios relacionados con el ejercicio de su profesión.

Además, se ha aceptado una enmienda del PSOE para que los podólogos sean, junto a médicos y dentistas, los únicos profesionales con facultad para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica.

Una vez más, al igual que hicimos en la Mesa del Congreso, "agradecemos" al Consejo General de Enfermería su interés por el tema. Han sido incapaces de conseguir mejorar el texto de la Ley  y lo están vendiendo como un logro de proporciones inimaginables para la profesión enfermera. Eso sí, ya han impartido cursos de acreditación (que no están aprobados por el Ministerio de Sanidad) a más de 100.000 profesionales. 

Como muy bien apuntó nuestra compañera Mª. José Cordero en la Mesa, si mañana se decide que la enfermería tiene que "capacitarse" para colocar sondas vesicales, seguro que el Consejo General de Enfermería y algún sindicato y empresas organizaran inmediatamente algún curso que nos permita obtener la acreditación. Todo es proponerlo.....